Resumen | |
[J] | Servicios mínimos en huelga general. Transporte escolar en centros públicos de infantil y primaria. Porcentajes del 60% en general, y 100% en el servicio de zonas rurales que no tiene transporte público alternativo. Falta de justificación del primero y justificación del segundo. Servicio de comedor escolar: carácter instrumental respecto al derecho de educación. Falta de justificación. Ponderación entre la privación del servicio de comedor en un solo día y el derecho de huelga. Falta de Justificación de la imposición como servicio mínimo del mantenimiento del servicio de comedor. Incongruencia: inexistente.(publicado en Actualidad Diaria 2601 el 28 de marzo de 2014) |
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La Comunidad Autónoma de la Islas Baleares impugna en el presente recurso de casación la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares de 1 de octubre de 2012, dictado en el recurso nº 127/2012 , tramitado por el cauce especial del procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona, que estimó en parte el recurso interpuesto por "Unión de Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Unión General de Trabajadores (UCA-Baleares) y la "Confederación Sindical de Comisiones Obreras de las Islas Baleares", contra el Acuerdo de 23 de marzo de 2012 del Consejo de Gobierno de las Islas Baleares, por el que se establecieron los servicios mínimos en el ámbito de las Islas Baleares para la jornada de huelga general de 29 de marzo de 2012, cuyo recurso se concretaba en la impugnación de los servicios mínimos en el sector de educación no universitaria y en el de transporte discrecional de viajeros. El Supremo estima el recurso de la Comunidad Autónoma en lo referente a las costas, pero lo desestima en el fondo. | |
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